Crónicas

La Inquisición en Venezuela, ley para abolirla

Mario R. Tovar G.
Historiador y escritor

“En la Inquisi­ción se reunió la políti­ca con la religión,
y esta mez­cla, cuan­do no está bien hecha, resul­ta un explosivo.” 

Mario Briceño Iragor­ry en su nov­ela Los Ribera 
(1983, p.168)

Le cor­re­spondió en 1478 al Papa Six­to IV autor­izar por medio de una bula espe­cial dada a los Reyes de España, Fer­nan­do e Isabel La Católi­ca, que les per­mitía estable­cer en Castil­la la San­ta Inquisición.

Sin embar­go, tal como lo reseña el abo­ga­do e his­to­ri­ador Pedro Vicente Sosa Llanos, en un artícu­lo pub­li­ca­do en la Revista  de la Aso­ciación Israeli­ta de Venezuela y del Cen­tro de Estu­dios Sefardíes de Cara­cas (s/f), aclarar que para la fecha hubo luchas entre el Papa y los Reyes Católi­cos por este asun­to y sería sólo el 2 de agos­to de 1483, cuan­do el Papa pro­mul­ga un decre­to insti­tuyen­do en Castil­la un San­to Tri­bunal per­ma­nente, bajo la direc­ción del Inquisidor Gen­er­al (Supre­mo), nom­bra­do por el Papa con­forme a la recomen­dación de la Coro­na españo­la; pero, sub­or­di­na­da en todas sus acciones exclu­si­va­mente a este últi­ma, investi­do del dere­cho de deten­er y juz­gar a los here­jes (entendién­dose por tales, en primer lugar, los cris­tianos nuevos) y de con­fis­car su propiedad a favor de la Coro­na españo­la y los inquisidores.

San­ta Inquisi­ción, el polémi­co Tri­bunal Ecle­siás­ti­co que fue respon­s­able de muchas muertes

En este con­tex­to, el puesto de Inquisidor gen­er­al se encomendó a Tomás de Torque­ma­da. La estruc­tura del Con­se­jo de la Supre­ma Inquisi­ción era bas­tante amplia, esta­ba pre­si­di­da por el inquisidor gen­er­al, seis con­se­jeros, dos aso­ci­a­dos del Con­se­jo de Castil­la, el sec­re­tario del Rey en este Con­se­jo y un fiscal.

La juris­dic­ción del San­to Ofi­cio sólo se extiende a los bau­ti­za­dos, la Igle­sia católi­ca reconoce como váli­do todo bau­ti­zo aunque sea hecho por here­je, de allí que per­sonas naci­das protes­tantes fue­sen juz­gadas. Con el des­cubrim­ien­to de Améri­ca se pro­duce el trasplante de la insti­tu­ción inquisi­to­r­i­al a nue­stro con­ti­nente. En los primeros años de la con­quista, recae en los obis­pos la per­se­cu­ción de los here­jes y otros delincuentes.

La vas­ta exten­sión de los ter­ri­to­rios impedía un con­trol inten­si­vo de las juris­dic­ciones respec­ti­vas, por ello pos­te­ri­or­mente se estable­cen tres tri­bunales inquisi­to­ri­ales, que serán: los de Méx­i­co y Lima, estable­ci­dos por Real Cédu­las de 25 de enero de 1569 y el de Carta­ge­na de Indias, crea­do por Real Cédu­la de 25 de febrero de 1610; mien­tras que las provin­cias de Tier­ra Firme, englobadas en lo que actual­mente es Venezuela, dependían como juris­dic­ción inquisi­to­r­i­al de Carta­ge­na de Indias des­de 1610.

Antes de esa fecha habían esta­do adscritas al Tri­bunal Inquisi­to­r­i­al de Lima. La con­for­ma­ción del apara­to inquisi­to­r­i­al vene­zolano se da uti­lizan­do como fun­da­men­to la estruc­tura ecle­siás­ti­ca dis­tribui­da en las provin­cias de Tier­ra Firme, lo que per­mi­tió una flu­i­da y sól­i­da con­for­ma­ción del mismo.

En tal orden de ideas, la estruc­tura inquisi­to­r­i­al para las provin­cias vene­zolanas estu­vo con­for­ma­da por los lla­ma­dos comis­ar­ios, que detenta­ban la rep­re­sentación del San­to Ofi­cio en las ciu­dades vil­las del dis­tri­to inquisi­to­r­i­al. Debían ser cléri­gos, hom­bres vir­tu­osos con ben­efi­cios y rentas sufi­cientes. Entre sus fun­ciones se puede men­cionar que: inves­ti­ga­ban las limpiezas de san­gre, eje­cuta­ban los man­damien­tos del tri­bunal inquisi­to­r­i­al; las cap­turas de los reos y los secue­stros de bienes.

Este fun­cionario existía en la may­or parte de las grandes pobla­ciones de la Venezuela colo­nial. Entre los comis­ar­ios más desta­ca­dos de los aposen­ta­dos en Cara­cas es opor­tuno men­cionar al doc­tor Luis Men­doza, quien actuó en 1650; fray Bue­naven­tu­ra Generes, quien estu­vo acti­vo en 1676 y el doc­tor Gabriel Lin­do quien despachó en 1779. 

A los comis­ar­ios se les añadían el alguacil, encar­ga­do de eje­cu­tar las deci­siones; el notario encar­ga­do de dar fe y noti­cias de los actos del tri­bunal y, por últi­mo, los lla­ma­dos famil­iares, per­sonas de diver­sa condi­ción social que aux­il­i­a­ban al comis­ario en diver­sas tar­eas tales como espi­ona­je y en el papel de fun­cionar­ios arma­dos para la cap­tura de los sospe­chosos y la cus­to­dia de los comisarios. 

Los deli­tos inquisi­to­ri­ales  con­tem­pla­ban una temáti­ca vari­a­da y exten­di­da a todas las regiones del actu­al ter­ri­to­rio vene­zolano. Ello amer­itó la actuación inmedi­a­ta de los comis­ar­ios con­tra las here­jías, idol­a­trías, bru­jerías, hechicerías, denun­cias con­tra cléri­gos, doble mat­ri­mo­nio, blas­femia hereti­cal, sodomía y, por últi­mo, lec­turas de tex­tos de herejes.

En Venezuela se encon­traron comis­ar­ios del San­to Ofi­cio, actuan­do des­de el mis­mo momen­to de fun­dación del Tri­bunal de Carta­ge­na, y de hecho, ya para 1612 existían per­sonas encar­ce­ladas en esta ciu­dad, mujeres, hom­bres esclavos, libres, envi­a­dos por los fun­cionar­ios de la juris­dic­ción del ter­ri­to­rio, desta­can­do entre ellos el inglés Adán Edon, quien en 1622 fue cap­tura­do en Cumaná por el deli­to de here­jía y envi­a­do a Carta­ge­na de Indias, donde luego de ser juz­ga­do y declar­a­do cul­pa­ble, fue entre­ga­do al bra­zo sec­u­lar y que­ma­do; tam­bién se encon­tró entre los persegui­dos por la Inquisi­ción, al insigne pre­cur­sor de nues­tra Inde­pen­den­cia, don Fran­cis­co de Miran­da, quien fue obje­to de encar­niza­da per­se­cu­ción y hostigamien­to por su espíritu libre-pen­sante y su fér­rea lucha por la libertad. 

En suma, la Inquisi­ción desa­parece en nue­stro país con la Ley de Abol­i­ción del San­to Ofi­cio de la Inquisi­ción, pro­mul­ga­da por el Con­gre­so de 1811.

Ley para abolir la Santa Inquisición 
en Venezuela

Según refiere la Bib­liote­ca de la Acad­e­mia de Cien­cias Políti­cas y Sociales de Venezuela, en el libro tit­u­la­do: “Tex­tos Ofi­ciales de la Primera Repúbli­ca de Venezuela”. Tomo II. Serie Inde­pen­den­cia 2. Cara­cas (1982, págs.,235); pro­fusa obra donde  se deja en evi­den­cia que el 22 de febrero de 1812 fue pub­li­ca­do en la Gac­eta de Cara­cas, un impor­tante decre­to emana­do por el Con­gre­so Con­sti­tuyente insta­l­a­do des­de 1811, tras el cual los leg­is­ladores argu­menta­ban las razones para abolir defin­i­ti­va­mente del ter­ri­to­rio nacional el referi­do Tri­bunal de la Inquisi­ción, acusán­do­lo de sem­brar los cam­pos de cadáveres  de mis­er­ables alu­ci­na­dos, puesto a que investi­do de todo el apara­to judi­cial, arma­do del poder de los déspotas, sac­ri­ficó con tran­quil­i­dad y a san­gre fría, cen­tenares de víc­ti­mas sobre el cadal­so y la hoguera, usurpan­do a Dios su ven­gan­za, con­fun­di­en­do el deli­to, que por atacar a la sociedad humana, debe cas­ti­garse con penas tem­po­rales, con el peca­do que ofen­di­en­do sólo a Dios, a él sólo y a su igle­sia toca el cas­ti­go con penas espir­i­tuales, hacien­do creer al pueblo sen­cil­lo y fiel que el man­so Jesús, nue­stro Divi­no Reden­tor, se com­placía con estos hor­ro­rosos sac­ri­fi­cios, del mis­mo modo que los caribes y otras naciones sal­va­jes creen aplacar a sus fal­sas divinidades, inmolán­doles víc­ti­mas humanas.

Primer Con­gre­so de Venezuela, 1811

Más ade­lante en el preám­bu­lo de la referi­da ley, se acus­a­ba a la Inquisi­ción por haber hecho gemir a la humanidad, despedazan­do los vín­cu­los más sagra­dos de la nat­u­raleza, arran­can­do a la esposa de los bra­zos del esposo y a los hijos del rega­zo de sus madres; ha sepul­ta­do en las lla­mas a niños inocentes, sólo porque per­sistían con tenaci­dad en con­ser­var las fór­mu­las de piedad que sus padres errada­mente les habían enseña­do; ha erigi­do cárce­les per­pet­uas en donde, a títu­lo de mis­eri­cor­dia, encerra­ba para siem­pre a los here­jes o judíos que abjura­ban sus errores.

Tal había sido la con­duc­ta del Tri­bunal de la Inquisi­ción des­de su establec­imien­to; su for­ma de pro­ced­er y juz­gar ha sido análo­ga y los hor­rores y tinieblas que la cubren hacen estreme­cer a todo el que ama la lib­er­tad y la justicia.

Otro de los vicios que  los leg­is­ladores repub­li­canos atribuían al referi­do Tri­bunal de la Inquisi­ción era lo con­cerniente a las fal­tas de garan­tías para la defen­sa del acu­sa­do, ya que estos desconocían quién era el dela­tor que los acus­a­ba, el cual per­manecía ocul­to y auna­do a ello, el reo per­manecía inco­mu­ni­ca­do, se ignor­a­ban los tes­ti­gos, sus nom­bres, y por con­sigu­iente, no podía impug­nar­los debida­mente; además de ello, todos los trámites eran sig­ilosos y par­tic­u­lares; no había apelación, sino de la sen­ten­cia de tor­tu­ra, quedan­do al arbi­trio de los jue­ces con­sul­tar en las causas de may­or gravedad.

En este orden de ideas, para los casos de here­jía se empez­a­ba con el secue­stro de los bienes del acu­sa­do, al tiem­po que el reo no podía nom­brar su defen­sor, pues éste era siem­pre uno de los mis­er­ables asalari­a­dos que el tri­bunal tenía para tal propósi­to. Cuan­do la sen­ten­cia era la tor­tu­ra, este ter­ri­ble tor­men­to siem­pre era apli­ca­do con la inge­niosa malig­nidad de supon­er al paciente tes­ti­go y no reo.

De esta man­era, la Inquisi­ción hol­la­ba los dere­chos impre­scriptibles del hom­bre y del ciu­dadano, fin­gien­do defend­er los de Dios, como si unos y otros fue­sen incompatibles.

Final­mente, tras estos sóli­dos argu­men­tos, el sober­a­no Con­gre­so de 1811 se apresura­ba a destru­ir la San­ta Inquisi­ción viciosa que pro­tegía a los tira­nos: “no quedan­do sat­is­fe­chas las sanas inten­ciones de este Cuer­po, con la obe­di­en­cia de los pueb­los, ha queri­do tran­quil­izar la con­cien­cia y la piedad de éstos con la exten­sa exposi­ción que acabamos de hacer.

Que­da, pues, extin­gui­do para siem­pre y en todas las provin­cias de la Con­fed­eración de Venezuela, el Tri­bunal de la Inquisi­ción. Cara­cas, 22 de febrero de 1812”.

Las Cortes de Cádiz supri­men la Inquisición

En un tex­to de la recono­ci­da his­to­ri­ado­ra Lis­bel­la Páez pub­li­ca­do en su pági­na de Face­book el día (05–01-2022), ésta resalta que  el 5 enero 1813 las Cortes de Cádiz elim­i­nan el Tri­bunal de la Inquisi­ción en España y Améri­ca, aca­ban­do con décadas de tor­men­tos; pero tras la lle­ga­da de Napoleón y sus tropas a España, le insu­flan aires de  Ilus­tración y cor­ri­entes reformis­tas a dicho reino, que  esta­ba sum­i­do en las cos­tum­bres, leg­is­lación y méto­dos del antiguo rég­i­men; razón por la cual dichas Cortes, estu­vieron dis­eñadas para dar al traste con todo lo que oliera a monar­quía. Pre­cisa­mente por ello, una de las insti­tu­ciones que abolieron de ipso fac­to fue el Tri­bunal de la Inquisición.

En razón de ello, el 5 de enero de 1813 se dic­tó un edic­to por el que se suprimían los Tri­bunales de la Inquisi­ción en España y Améri­ca. En España, se fundó en 1478 por los Reyes Católi­cos, tal como se reseñó ante­ri­or­mente y en Améri­ca se instau­ró en 1569. La mis­ión de estos tri­bunales era vig­i­lar la fe y cos­tum­bres cris­tianas; en una pal­abra, hac­er cumplir la doc­t­ri­na y moral católi­ca de la época. 

En con­se­cuen­cia, todo aque­l­lo que saliera de su nor­ma era persegui­do, tor­tu­ra­do y lla­ma­dos here­jes y paganos, con­sti­tuyen­do los judíos las prin­ci­pales víc­ti­mas de estas per­se­cu­ciones, quienes aún prac­ti­ca­ban las cos­tum­bres ances­trales de su país en sue­lo americano.

Entre las penas apli­cadas en España y Améri­ca a todo aquel que fuera en con­tra de las nor­mas, esta­ba la cár­cel, la tor­tu­ra e inclu­so la eje­cu­ción; razón por la cual muchas per­sonas fueron víc­ti­mas de este tri­bunal, por lo que la abol­i­ción del mis­mo fue un aliv­io para la población de la época.

Cul­mi­na afir­man­do ésta recono­ci­da inves­ti­gado­ra yaracuyana que, aunque hubo muchas víc­ti­mas amer­i­canas, resultó un por­centa­je mucho menor que el de víc­ti­mas españolas.

Pero, con la sal­i­da de Napoleón Bona­parte de España y el retorno al poder de Fer­nan­do VII, se vuelve a instau­rar un rég­i­men abso­lutista, implan­tan­do de nue­vo la mal lla­ma­da “San­ta Inquisi­ción”; nefas­ta insti­tu­ción colo­nial usa­da como arma con­tra los adver­sar­ios y que en sus putre­fac­tas entrañas: “reunió la políti­ca con la religión, y esta mez­cla, cuan­do no está bien hecha, resul­ta un explo­si­vo” (Mario Briceño Iragor­ry, dix­it), per­ti­nente epí­grafe con el que dimos ini­cio a la pre­sente crónica.

CorreodeLara

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