La Inquisición en Venezuela, ley para abolirla
Mario R. Tovar G.
Historiador y escritor
“En la Inquisición se reunió la política con la religión,
y esta mezcla, cuando no está bien hecha, resulta un explosivo.”
Mario Briceño Iragorry en su novela Los Ribera
(1983, p.168)
Le correspondió en 1478 al Papa Sixto IV autorizar por medio de una bula especial dada a los Reyes de España, Fernando e Isabel La Católica, que les permitía establecer en Castilla la Santa Inquisición.
Sin embargo, tal como lo reseña el abogado e historiador Pedro Vicente Sosa Llanos, en un artículo publicado en la Revista de la Asociación Israelita de Venezuela y del Centro de Estudios Sefardíes de Caracas (s/f), aclarar que para la fecha hubo luchas entre el Papa y los Reyes Católicos por este asunto y sería sólo el 2 de agosto de 1483, cuando el Papa promulga un decreto instituyendo en Castilla un Santo Tribunal permanente, bajo la dirección del Inquisidor General (Supremo), nombrado por el Papa conforme a la recomendación de la Corona española; pero, subordinada en todas sus acciones exclusivamente a este última, investido del derecho de detener y juzgar a los herejes (entendiéndose por tales, en primer lugar, los cristianos nuevos) y de confiscar su propiedad a favor de la Corona española y los inquisidores.
En este contexto, el puesto de Inquisidor general se encomendó a Tomás de Torquemada. La estructura del Consejo de la Suprema Inquisición era bastante amplia, estaba presidida por el inquisidor general, seis consejeros, dos asociados del Consejo de Castilla, el secretario del Rey en este Consejo y un fiscal.
La jurisdicción del Santo Oficio sólo se extiende a los bautizados, la Iglesia católica reconoce como válido todo bautizo aunque sea hecho por hereje, de allí que personas nacidas protestantes fuesen juzgadas. Con el descubrimiento de América se produce el trasplante de la institución inquisitorial a nuestro continente. En los primeros años de la conquista, recae en los obispos la persecución de los herejes y otros delincuentes.
La vasta extensión de los territorios impedía un control intensivo de las jurisdicciones respectivas, por ello posteriormente se establecen tres tribunales inquisitoriales, que serán: los de México y Lima, establecidos por Real Cédulas de 25 de enero de 1569 y el de Cartagena de Indias, creado por Real Cédula de 25 de febrero de 1610; mientras que las provincias de Tierra Firme, englobadas en lo que actualmente es Venezuela, dependían como jurisdicción inquisitorial de Cartagena de Indias desde 1610.
Antes de esa fecha habían estado adscritas al Tribunal Inquisitorial de Lima. La conformación del aparato inquisitorial venezolano se da utilizando como fundamento la estructura eclesiástica distribuida en las provincias de Tierra Firme, lo que permitió una fluida y sólida conformación del mismo.
En tal orden de ideas, la estructura inquisitorial para las provincias venezolanas estuvo conformada por los llamados comisarios, que detentaban la representación del Santo Oficio en las ciudades villas del distrito inquisitorial. Debían ser clérigos, hombres virtuosos con beneficios y rentas suficientes. Entre sus funciones se puede mencionar que: investigaban las limpiezas de sangre, ejecutaban los mandamientos del tribunal inquisitorial; las capturas de los reos y los secuestros de bienes.
Este funcionario existía en la mayor parte de las grandes poblaciones de la Venezuela colonial. Entre los comisarios más destacados de los aposentados en Caracas es oportuno mencionar al doctor Luis Mendoza, quien actuó en 1650; fray Buenaventura Generes, quien estuvo activo en 1676 y el doctor Gabriel Lindo quien despachó en 1779.
A los comisarios se les añadían el alguacil, encargado de ejecutar las decisiones; el notario encargado de dar fe y noticias de los actos del tribunal y, por último, los llamados familiares, personas de diversa condición social que auxiliaban al comisario en diversas tareas tales como espionaje y en el papel de funcionarios armados para la captura de los sospechosos y la custodia de los comisarios.
Los delitos inquisitoriales contemplaban una temática variada y extendida a todas las regiones del actual territorio venezolano. Ello ameritó la actuación inmediata de los comisarios contra las herejías, idolatrías, brujerías, hechicerías, denuncias contra clérigos, doble matrimonio, blasfemia heretical, sodomía y, por último, lecturas de textos de herejes.
En Venezuela se encontraron comisarios del Santo Oficio, actuando desde el mismo momento de fundación del Tribunal de Cartagena, y de hecho, ya para 1612 existían personas encarceladas en esta ciudad, mujeres, hombres esclavos, libres, enviados por los funcionarios de la jurisdicción del territorio, destacando entre ellos el inglés Adán Edon, quien en 1622 fue capturado en Cumaná por el delito de herejía y enviado a Cartagena de Indias, donde luego de ser juzgado y declarado culpable, fue entregado al brazo secular y quemado; también se encontró entre los perseguidos por la Inquisición, al insigne precursor de nuestra Independencia, don Francisco de Miranda, quien fue objeto de encarnizada persecución y hostigamiento por su espíritu libre-pensante y su férrea lucha por la libertad.
En suma, la Inquisición desaparece en nuestro país con la Ley de Abolición del Santo Oficio de la Inquisición, promulgada por el Congreso de 1811.
Ley para abolir la Santa Inquisición
en Venezuela
Según refiere la Biblioteca de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales de Venezuela, en el libro titulado: “Textos Oficiales de la Primera República de Venezuela”. Tomo II. Serie Independencia 2. Caracas (1982, págs.,235); profusa obra donde se deja en evidencia que el 22 de febrero de 1812 fue publicado en la Gaceta de Caracas, un importante decreto emanado por el Congreso Constituyente instalado desde 1811, tras el cual los legisladores argumentaban las razones para abolir definitivamente del territorio nacional el referido Tribunal de la Inquisición, acusándolo de sembrar los campos de cadáveres de miserables alucinados, puesto a que investido de todo el aparato judicial, armado del poder de los déspotas, sacrificó con tranquilidad y a sangre fría, centenares de víctimas sobre el cadalso y la hoguera, usurpando a Dios su venganza, confundiendo el delito, que por atacar a la sociedad humana, debe castigarse con penas temporales, con el pecado que ofendiendo sólo a Dios, a él sólo y a su iglesia toca el castigo con penas espirituales, haciendo creer al pueblo sencillo y fiel que el manso Jesús, nuestro Divino Redentor, se complacía con estos horrorosos sacrificios, del mismo modo que los caribes y otras naciones salvajes creen aplacar a sus falsas divinidades, inmolándoles víctimas humanas.
Más adelante en el preámbulo de la referida ley, se acusaba a la Inquisición por haber hecho gemir a la humanidad, despedazando los vínculos más sagrados de la naturaleza, arrancando a la esposa de los brazos del esposo y a los hijos del regazo de sus madres; ha sepultado en las llamas a niños inocentes, sólo porque persistían con tenacidad en conservar las fórmulas de piedad que sus padres erradamente les habían enseñado; ha erigido cárceles perpetuas en donde, a título de misericordia, encerraba para siempre a los herejes o judíos que abjuraban sus errores.
Tal había sido la conducta del Tribunal de la Inquisición desde su establecimiento; su forma de proceder y juzgar ha sido análoga y los horrores y tinieblas que la cubren hacen estremecer a todo el que ama la libertad y la justicia.
Otro de los vicios que los legisladores republicanos atribuían al referido Tribunal de la Inquisición era lo concerniente a las faltas de garantías para la defensa del acusado, ya que estos desconocían quién era el delator que los acusaba, el cual permanecía oculto y aunado a ello, el reo permanecía incomunicado, se ignoraban los testigos, sus nombres, y por consiguiente, no podía impugnarlos debidamente; además de ello, todos los trámites eran sigilosos y particulares; no había apelación, sino de la sentencia de tortura, quedando al arbitrio de los jueces consultar en las causas de mayor gravedad.
En este orden de ideas, para los casos de herejía se empezaba con el secuestro de los bienes del acusado, al tiempo que el reo no podía nombrar su defensor, pues éste era siempre uno de los miserables asalariados que el tribunal tenía para tal propósito. Cuando la sentencia era la tortura, este terrible tormento siempre era aplicado con la ingeniosa malignidad de suponer al paciente testigo y no reo.
De esta manera, la Inquisición hollaba los derechos imprescriptibles del hombre y del ciudadano, fingiendo defender los de Dios, como si unos y otros fuesen incompatibles.
Finalmente, tras estos sólidos argumentos, el soberano Congreso de 1811 se apresuraba a destruir la Santa Inquisición viciosa que protegía a los tiranos: “no quedando satisfechas las sanas intenciones de este Cuerpo, con la obediencia de los pueblos, ha querido tranquilizar la conciencia y la piedad de éstos con la extensa exposición que acabamos de hacer.
Queda, pues, extinguido para siempre y en todas las provincias de la Confederación de Venezuela, el Tribunal de la Inquisición. Caracas, 22 de febrero de 1812”.
Las Cortes de Cádiz suprimen la Inquisición
En un texto de la reconocida historiadora Lisbella Páez publicado en su página de Facebook el día (05–01-2022), ésta resalta que el 5 enero 1813 las Cortes de Cádiz eliminan el Tribunal de la Inquisición en España y América, acabando con décadas de tormentos; pero tras la llegada de Napoleón y sus tropas a España, le insuflan aires de Ilustración y corrientes reformistas a dicho reino, que estaba sumido en las costumbres, legislación y métodos del antiguo régimen; razón por la cual dichas Cortes, estuvieron diseñadas para dar al traste con todo lo que oliera a monarquía. Precisamente por ello, una de las instituciones que abolieron de ipso facto fue el Tribunal de la Inquisición.
En razón de ello, el 5 de enero de 1813 se dictó un edicto por el que se suprimían los Tribunales de la Inquisición en España y América. En España, se fundó en 1478 por los Reyes Católicos, tal como se reseñó anteriormente y en América se instauró en 1569. La misión de estos tribunales era vigilar la fe y costumbres cristianas; en una palabra, hacer cumplir la doctrina y moral católica de la época.
En consecuencia, todo aquello que saliera de su norma era perseguido, torturado y llamados herejes y paganos, constituyendo los judíos las principales víctimas de estas persecuciones, quienes aún practicaban las costumbres ancestrales de su país en suelo americano.
Entre las penas aplicadas en España y América a todo aquel que fuera en contra de las normas, estaba la cárcel, la tortura e incluso la ejecución; razón por la cual muchas personas fueron víctimas de este tribunal, por lo que la abolición del mismo fue un alivio para la población de la época.
Culmina afirmando ésta reconocida investigadora yaracuyana que, aunque hubo muchas víctimas americanas, resultó un porcentaje mucho menor que el de víctimas españolas.
Pero, con la salida de Napoleón Bonaparte de España y el retorno al poder de Fernando VII, se vuelve a instaurar un régimen absolutista, implantando de nuevo la mal llamada “Santa Inquisición”; nefasta institución colonial usada como arma contra los adversarios y que en sus putrefactas entrañas: “reunió la política con la religión, y esta mezcla, cuando no está bien hecha, resulta un explosivo” (Mario Briceño Iragorry, dixit), pertinente epígrafe con el que dimos inicio a la presente crónica.