Crónicas

Tratados limítrofes entre Venezuela y Colombia, una historia de controversias

Luis Alberto Perozo Padua
Periodista y cronista
luisperozop@hotmail.com
@LuisPerozoPadua

Mate­ri­al­iza­da la sep­a­ración de la Gran Colom­bia, se ini­ció la recon­sti­tu­ción de Venezuela como Esta­do inde­pen­di­ente y sober­a­no bajo el gob­ier­no del pres­i­dente José Anto­nio Páez, quien se pro­pu­so nor­malizar las rela­ciones con la Nue­va Grana­da, plante­an­do dos obje­tivos prin­ci­pales: lo rel­a­ti­vo a la dis­tribu­ción de la deu­da gran­colom­biana y la cel­e­bración de un trata­do que sel­l­ara la amis­tad entre ambas naciones, reglamen­tara su com­er­cio y fijara defin­i­ti­va­mente sus límites fronterizos.

Para trami­tar estos asun­tos, Páez designó, el 6 de mayo de 1833, a su sec­re­tario de Hacien­da y Rela­ciones Exte­ri­ores San­tos Miche­le­na con el carác­ter de min­istro plenipo­ten­cia­rio en Bogotá, quien se con­vertía así, de hecho, en el primer rep­re­sen­tante diplomáti­co vene­zolano con sede fija.

Miche­le­na pre­sen­tó sus car­tas cre­den­ciales al pres­i­dente neogranadi­no Fran­cis­co de Paula San­tander el 29 de agos­to de 1833. Inmedi­ata­mente San­tander, hizo lo pro­pio, des­ig­nan­do como plenipo­ten­cia­rio a su sec­re­tario de Inte­ri­or y Rela­ciones Exte­ri­ores Lino de Pombo.

Artículo polémico

Las reuniones entre ambos rep­re­sen­tantes diplomáti­cos ini­cia­ron el 9 de sep­tiem­bre, con la inten­ción de elab­o­rar un trata­do que, entre su artic­u­la­do, el más cono­ci­do, divul­ga­do y con­tro­ver­tido fue el artícu­lo 27º, donde se establecía la línea limítrofe entre ambos países:

«La línea limítrofe entre las dos Repúbli­cas comen­zará en el  Cabo de Chichiva­coa, en la cos­ta Atlán­ti­co, con direc­ción al cer­ro denom­i­na­do  de Las Tetas de aquí a la Sier­ra de Aceite, y de éste a la Teta Goa­ji­ra: des­de  aquí rec­ta­mente a bus­car las Alturas de Los Montes de Oca, y con­tin­uará por sus  cum­bres y las de Per­i­já has­ta encon­trar con el ori­gen del Río de Oro, difer­ente  del que corre entre la par­ro­quia del mis­mo nom­bre y la ciu­dad de Ocana; bajará  por sus aguas has­ta la con­flu­en­cia con el Cata­tum­bo: seguirá por las fal­das  ori­en­tales de las mon­tañas y pasan­do por los ríos Tar­ra y Sar­di­na­ta por los  pun­tos has­ta aho­ra cono­ci­dos como límites, irá rec­ta­mente a bus­car la  embo­cadu­ra del río de La gri­ta en el Zulia; des­de aquí por la cur­va recono­ci­da  actual­mente como fron­ter­i­za con­tin­uará has­ta la que­bra­da de Don Pedro y bajará  por éste al río Táchi­ra: por éste seguirá has­ta sus cabeceras: des­de aquí por las  crestas de las mon­tañas de donde nacen los ríos trib­u­tar­ios del Torbes y Urib­ante, has­ta las ver­tientes del Nula, y con­tin­uará por sus aguas has­ta donde  se encuen­tra el despar­ra­madero del Sarare: de aquí se diri­girá al Sur a bus­car la  lagu­na de Sarare y rodeán­dola por la parte ori­en­tal seguirá con el der­rame de  sus aguas al río Arauqui­ta: por éste con­tin­uará al Arau­ca, y por las aguas de éste  has­ta el paso del Vien­to; des­de este pun­to rec­ta­mente a pasar por la parte más  occi­den­tal de la lagu­na del Tér­mi­no: de aquí al apos­tadero sobre el río Meta: y  luego con­tin­uará en direc­ción Norte Sur has­ta encon­trarse con las fron­teras del  Brasil.»

Mapa de la Repúbli­ca de Venezuela en 1840

 

El his­to­ri­ador Rafael Arman­do Rojas ase­gu­ra que “es posi­ble que Miche­le­na estu­viera aseso­ra­do en mate­ria de límites por el mil­i­tar y geó­grafo Agustín Codazzi.”

El 14 de diciem­bre de 1833, en Bogotá, estos rep­re­sen­tantes diplomáti­cos fir­maron el doc­u­men­to reg­istra­do en la his­to­ria como el Trata­do Pom­bo-Miche­le­na que, aun cuan­do en líneas gen­erales ambos se ciñeron al prin­ci­pio jurídi­co del uti pos­side­tis iuris ita­pos­sideatis (como poseísteis, así seguiréis poseyen­do), prin­ci­pio de dere­cho for­mu­la­do por el Lib­er­ta­dor Simón Bolí­var en 1810, que implicó un arreg­lo equi­tati­vo, pero que adole­ció de graves omi­siones con con­se­cuen­cias des­fa­vor­ables para Venezuela.

Es nece­sario recor­dar que los límites de Venezuela son los que le cor­re­spondían a la antigua Cap­i­tanía General.

Reprobado por Venezuela

El trata­do fue aproba­do unán­ime­mente por el Ejec­u­ti­vo y el Sena­do de Nue­va Grana­da en las primeras sesiones de 1834. Entre­tan­to, la Cámara de Rep­re­sen­tantes del Con­gre­so de Venezuela, designó una comisión integra­da por Pedro Briceño Mén­dez, Manuel Felipe de Tovar y Valen­tín Espinal, para estu­di­ar el tratado.

La his­to­ri­ado­ra Niki­ta Har­wich Val­le­nil­la, apun­ta en su artícu­lo Trata­do Miche­le­na-Pom­bo, pub­li­ca­do por el Dic­cionario de His­to­ria de Venezuela. Edi­ción de la Fun­dación Polar, que el 7 de abril de 1835, la cita­da comisión rindió un informe des­fa­vor­able a la aprobación del trata­do, ale­gan­do que la fijación del cabo de Chichiva­coa como prin­ci­pio de la línea fron­ter­i­za le hacía perder a Venezuela 62 mil­las de cos­ta que medían de ese pun­to al Cabo de la Vela; al mis­mo tiem­po, sostenía la comisión que el ter­ri­to­rio de la Gua­ji­ra pudo haberse divi­di­do en partes iguales entre los dos país­es y que, final­mente, en el traza­do hacia el sur, cuan­do se habla­ba de la cur­va que debía seguirse des­de la desem­bo­cadu­ra del río de La Gri­ta en el Zulia has­ta la que­bra­da de Don Pedro, debían com­pren­der­se tier­ras como el ter­ri­to­rio de San Fausti­no. Con iguales obje­ciones desaprobó tam­bién el Sena­do el traza­do de fron­tera que se había nego­ci­a­do. El trata­do quedó sin efecto.

Las mod­i­fi­ca­ciones sug­eri­das por el Con­gre­so nacional no fueron acep­tadas por el gob­ier­no de Nue­va Grana­da, quien sostenía la aprobación del tex­to orig­i­nal tal como había sido nego­ci­a­do y rat­i­fi­ca­do por su Congreso.

Error altamente costoso

En 1842, Lino de Pom­bo pre­sen­tó nue­va­mente sus cre­den­ciales en Cara­cas como Envi­a­do Extra­or­di­nario y min­istro Plenipo­ten­cia­rio de Nue­va Grana­da, con el firme propósi­to de abog­ar por la aprobación del trata­do de 1833, pero fue infructuoso.

Según opinión del his­to­ri­ador Édixon Ochoa, en su tra­ba­jo El Trata­do Pom­bo-Miche­le­na (1833): mitos y ver­dades, sub­raya que “… en ade­lante, tras los nefas­tos resul­ta­dos de las nego­cia­ciones, acuer­dos, lau­dos arbi­trales y trata­dos eje­cu­ta­dos durante casi un siglo (1844–1941), no pocas voces han señal­a­do has­ta nue­stros días que la neg­a­ti­va de los con­gre­sis­tas de 1835–1840 a suscribir el Trata­do Pom­bo-Miche­le­na fue un error alta­mente cos­toso para Venezuela.”

El 23 de julio de 1842, Lino de Pom­bo y Juan José Romero, (rep­re­sen­tante diplomáti­co de Venezuela) suscriben el Trata­do de Amis­tad, Com­er­cio y Nave­gación, tam­bién denom­i­na­do Trata­do Pom­bo-Romero, además del Trata­do Espe­cial de Alian­za y una Con­ven­ción Com­ple­men­taria, refren­da­dos por el Con­gre­so de Venezuela en abril de 1843, y rat­i­fi­ca­dos por el Ejec­u­ti­vo Nacional el 1 de mayo del mis­mo año. Con este trata­do, la res­olu­ción del prob­le­ma del traza­do fron­ter­i­zo quedó aplazada.

No obstante, el his­to­ri­ador Ochoa señala que en este nue­vo trata­do “Venezuela con­cede benev­o­len­te­mente a Nue­va Grana­da la nave­gación por el río Orinoco y el Lago de Mara­cai­bo, cuan­do estas aguas eran de sober­anía exclu­si­va. Pero lo resaltante de su con­tenido es el com­pro­miso de reanudación de las dis­cu­siones limítro­fes en un pla­zo de cua­tro años.”

En 1844, Fer­mín Toro fue comi­sion­a­do para nego­ciar en Bogotá con instruc­ciones de acoger la línea Pom­bo-Miche­le­na con una par­ti­ción equi­tati­va de la Gua­ji­ra, lo que demues­tra la inten­ción vene­zolana de retomar lo favor­able del Trata­do Pom­bo-Miche­le­na en mate­ria fron­ter­i­za, al tiem­po que desmiente la afir­ma­ción his­to­ri­ográ­fi­ca de Gil For­toul, según la cual hubo negación a rec­ti­ficar los errores del trata­do por parte de Venezuela.

En un peri­o­do de trein­ta años, des­de 1844 has­ta 1874, Colom­bia ade­lan­tó sus aspira­ciones respal­dan­do su pos­tu­ra de límites con el río Orinoco a través de doc­u­men­tos, lo que des­en­ca­denó que, para ese año de 1874, agi­tadas las rela­ciones entre ambos país­es, Venezuela las declarara rotas.

Para 1880, el pres­i­dente de Venezuela Anto­nio Guzmán Blan­co acordó con el pres­i­dente de Colom­bia Manuel Muril­lo Toro, some­ter la con­tro­ver­sia de límites al arbi­tra­je del rey de España Alfon­so XII, com­pro­metién­dose ambos en acatar el fal­lo, acuer­do cono­ci­do como el Lau­do Arbi­tral de la Coro­na Españo­la de 1891, de nefas­tas con­se­cuen­cias para Venezuela.


Fuente: Édixon Ochoa. El Trata­do Pom­bo-Miche­le­na (1833): mitos y ver­dades. Revista Lati­noamer­i­cana de Difusión Cien­tí­fi­ca. Vol­u­men 3 – Número 4. Enero-junio 2021
Niki­ta Har­wich Val­le­nil­la, Trata­do Miche­le­na-Pom­bo. Dic­cionario de His­to­ria de Venezuela. Edi­ción de la Fun­dación Polar. 1988

CorreodeLara

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