Creación de la Parroquia José Gregorio Bastidas
Yolanda Aris
Cronista Oficial del municipio Palavecino
La Diputación Provincial de Barquisimeto, el 21 de noviembre de 1850, considerando que era conveniente para la administración pública; decretó la creación de varias parroquias civiles
Señala el Doctor Ambrosio Perera en su libro Historia Territorial de los Estados Lara y Yaracuy, lo siguiente: “Durante la época colonial podemos decir que no existió otra división político territorial en el territorio venezolano, que la que servía de base para distinguir las distintas provincias y la que señalaba las jurisdicciones de las diversas ciudades.” Agrega el autor: “…en la referida época no existía la célula territorial llamada parroquia civil, sino que a las parroquias eclesiásticas se les nombraba funcionarios para la administración civil…” y continúa: “…la única base colonial en la división territorial de los pueblos, que se encontraba dentro de los términos de las ciudades era la parroquia eclesiástica…” (p. 3)
Cuando se organizó constitucionalmente la República de la Gran Colombia, en el Congreso de Cúcuta de 1821, las parroquias religiosas, adquirieron simultáneamente la categoría de parroquias civiles, con los mismos territorios y con autoridades civiles. Esta disposición facilitaba la organización político territorial de la naciente república. Posteriormente, la Ley del 28 de julio de 1824, sobre Patronato Eclesiástico; permitía a las autoridades civiles, es decir, a los Presidentes de las provincias o estados, crear parroquias religiosas.
Iglesia de Los Rastrojos, circa 1950
Parroquia Civil Monagas
El censo poblacional que se efectuó para las elecciones de 1846, determinó que la parroquia Cabudare tenía 15.083 habitantes, y para 1850, se proyectaba su aumento en mil habitantes más. Motivado a ello, las autoridades civiles del Cantón Cabudare, presentaron un informe para la creación de una nueva parroquia civil; pues se calculaba que para ese año, los sitios de Rastrojos, Mayal, Morita, Mamones, Joval, Taque, Piedad, Montaña, Cocorotico, Carauya, la Quebradita y Las Lomas adyacentes al sur de estos caseríos, tenían aproximadamente unos 6.000 habitantes, lo que justificaba su creación.
La Diputación Provincial de Barquisimeto, el 21 de noviembre de 1850, considerando que era conveniente para la administración pública; decretó la creación de varias parroquias civiles. Allí, en el artículo 3º del decreto señala:
“En el cantón Cabudare se erige en parroquia civil el sitio denominado Los Rastrojos, llevando el nombre de Monagas.” En el artículo 6º de ese mismo instrumento legal se establece que “…los linderos de esas parroquias serán designados y trazados por los concejos municipales de aquellos cantones…” El artículo 7º aclara que: “…del 1º al 8 de enero del próximo año 1851, los Concejos Municipales instalarán las parroquias creadas en la presente ordenanza…” (Doctor Ambrosio Perera. Historia Territorial de los Estados Lara y Yaracuy. p. 88).
Esta disposición fue ratificada por el Presidente de la Provincia de Barquisimeto, Nicolás Martínez, el 26 de Noviembre del mismo año; la cual, se ha establecido como fecha de creación de la parroquia civil. Por lo tanto, el Concejo Municipal del Cantón Cabudare, nombró una comisión, el día 6 de enero de 1851, que dos días después, el día 8 de enero, fijó los límites de la parroquia Monagas así:
“…por la parte del naciente, los límites de la Villa de Yaritagua y parroquia de Sarare; por la del poniente, el zanjón denominado la Quebradita que divide esta población y la de los Rastrojos y que se halla inmediata a la capilla Santa Bárbara desde el zanjón que llaman corriente del Río Claro, línea recta hasta los confines de la posesión del señor Francisco Sánchez titulada La Mora; por la del sur el término de dicha posesión línea recta hasta encontrar con los límites de la expresada parroquia de Sarare; y por el norte, las referidas corrientes del Río Claro desde donde desemboca la quebrada que constituye el límite del poniente, línea recta hasta su desembocadura en la quebrada de El Mayal…” (Ambrosio Perera. Historia Territorial de los Estados Lara y Yaracuy. p. 90)
A partir de 1858, la parroquia civil Monagas, pasó a llamarse Parroquia Convención, en homenaje al proceso de reconstrucción que pretendía realizar la Convención de Valencia, luego que Julián Castro derrocara a José Tadeo Monagas durante la Revolución de Marzo. Finalizada la Guerra Federal con el Tratado de Coche, el 23 de abril de 1863, el gobierno liberal le asignó el nombre de Parroquia Los Rastrojos

Parroquia Eclesiástica Jesús y María
El 10 de mayo de 1852, ejerciendo la Presidencia de la Provincia de Barquisimeto, Martín María Aguinagalde, apoyado jurídicamente en la función 4, del Art. 7º de la Ley del 28 de julio de 1824, sobre Patronato Eclesiástico; decretó la creación de la Parroquia Eclesiástica de los Rastrojos o de Monagas, siendo el pueblo de Los Rastrojos o Jesús de los Rastrojos, como también se le conocía; cabecera de la misma, la cual se creó por desmembración de la parroquia religiosa de Cabudare.
En este caso, primero se decretó la parroquia civil y luego la religiosa, al contrario de lo que tradicionalmente se había efectuado durante el período colonial.
Años más tarde, el 14 de enero de 1864, el Arzobispo de Caracas, Silvestre Guevara y Lira, aprobó la creación de esta parroquia religiosa, bajo la advocación de los patronos Jesús y María, motivado a que: ya se había erigido la parroquia civil el 26 de noviembre de 1850; que el Presbítero Miguel Pimentel, párroco de Cabudare, había dado su visto bueno para la desmembración del parroquia religiosa de Cabudare; que ya se había construido la iglesia y estaba bien dotada; y que los vecinos habían asignado como cura al Presbítero Domingo Antonio Yépez, y tenían como sostener sus gastos y la iglesia. Se asumió el mismo espacio territorial establecido por la parroquia civil.
Es importante destacar que en un documento registrado en 1856, se menciona que los esposos José Víctor Ariza y Ascención Tamariz de Ariza estaban hipotecando: “… las dos posesiones de tierra de labor que le compramos al señor José Francisco Torres, … por escritura del 12 de abril de 1852…con todo lo contenido en dichas dos posesiones como son casa de habitación de tapias y rafa cubierta de tejas contigua a la capilla…” .
Al respecto, señala el Profesor Taylor Rodríguez, fallecido cronista del municipio Palavecino, que José Francisco Tovar compró el 23 de marzo de 1846, por 3.500 pesos, las posesiones denominadas La Capilla y otra sin nombre. Este señor, fue el tercer propietario del Oratorio-Capilla Santa Bárbara, luego de don Juan José Alvarado de la Parra y el presbítero Bachiller Manuel Antonio Limardo; primero y segundo propietarios, respectivamente. Posteriormente, el 12 de abril de 1852, José Víctor Ariza compró estas posesiones por 6.000 pesos. (Taylor Rodríguez. El Oratorio-Capilla Santa Bárbara en el proceso histórico de la comarca cabudareña. 1793–2009. p. 20)

Agrega el documento de 1856, que cuando compraron estas posesiones, quedó establecido que: “… queda excluido el pedazo de terreno que el Sr. José Francisco Tovar, cedió a la Iglesia, plaza y cementerio de la parroquia Los Rastrojos”. Evidenciándose, que los terrenos en donde se construyó la iglesia y la plaza fueron donados por el señor José Francisco Tovar, para ese fin.
De igual manera, el profesor Taylor Rodríguez, señaló en un artículo publicado en el año 2000, que la construcción del templo de Los Rastrojos se debe a los señores: “…José Francisco Tovar, Gregorio Yglesias, Hipólito Urquiola, José de la Natividad Páez, José Antonio Almario, Miguel Ocanto, Manuel Ocanto, Marcos Zapata, Cirilo Salas, Manuel Mujica, José de Jesús Pérez y Miguel Fernández…” (El Informador. Parroquia José Gregorio Bastidas: Notas en torno a su vida religiosa. p. 2B)
Sobre el Municipio Los Rastrojos dice el historiador Telasco MacPherson en 1883, en su Diccionario del Estado Lara, que contaba con 708 casas con 4.295 habitantes y agrega lo siguiente: “…situado a un kilómetro de Cabudare, en el mismo valle, sus principales caseríos y sitios son: Jobal, Placer, Mayal, Sanjón Colorado, La Montaña, La Aguada, El Potrero, La piedad, Los Mamones, Cocorotico, Cojobal, El Picacho, Bachaquero, La Mora, La Horqueta, El Corozo, Loma Redonda, Morrocoi, La Hamaca, La Morita, y La Rinconada.” (p. 444) Se mantiene la ortografía original
Motivado al significativo crecimiento demográfico y urbanístico de Los Rastrojos en las dos últimas décadas del siglo XX, muchos de estos caseríos, pasaron a convertirse en urbanizaciones de esta población, con los mismos topónimos, mientras otros, con el tiempo han desaparecido.
En 1913, el nombre de Jesús y María, asignado a la parroquia eclesiástica de Los Rastrojos, se sustituyó por el de La Sagrada Familia, y posteriormente en las primeras décadas del siglo XXI, fue elevada a Santuario Arquidiocesano de El Nazareno.

En la Iglesia de Los Rastrojos se conservan la imagen del Nazareno de Los Rastrojos, del Santo Sepulcro de más de 100 años y la Virgen de la Dolorosa. El 2 de agosto de 1960 fue declarado monumento histórico según la Gaceta No. 26.320.
Luego de 104 años, de haber sido decretada la parroquia civil Monagas, después Convención y más tarde, Los Rastrojos; la Asamblea Legislativa del Estado Lara, el 26 de noviembre de 1954, fecha aniversaria de su creación, decidió asignarle el epónimo de José Gregorio Bastidas a esta parroquia, en honor a este Teniente de Caballería patriota, valeroso prócer de la independencia, nativo de estos espacios.
Fuentes consultadas
Gaceta de Venezuela No. 26.320. 2 de agosto de 1960.
MacPherson, Telasco. Diccionario del Estado Lara. Histórico, Geográfico, Estadístico y Biográfico. Biblioteca de Autores Larenses. 3era edición. Caracas, 1981. 558 p.
Perera, Doctor Ambrosio. Historia Territorial de los Estados Lara y Yaracuy. Artes Gráficas SCRA. Caracas, 1946. 436 p. (Pp. 87–95)
Rodríguez García, Taylor. “Parroquia José Gregorio Bastidas: Notas en torno a su vida Religiosa.” En: El Informador. Barquisimeto, 29 de abril de 2000. p. 2B.